12 marzo, 2020

Nuevas medidas sobre vuelos internacionales

El Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que incluye medidas referidas a los vuelos internacionales destinadas impedir el contagio del coronavirus en la Argentina-

En las medidas – ya en vigencia – se cuenta la prohibición de los vuelos desde las “zonas afectadas” por la enfermedad y la imposición de una cuarentena obligatoria para aquellos que hayan vuelto de allí, bajo la posibilidad de ser denunciados penalmente si no la cumplen.

Zonas afectadas

Al momento de firmado el DNU 260/2020, el Gobierno considera “Zonas afectadas” a todos los países europeos, incluido el Reino Unido, los Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China e Irán. Estos son, hasta el momento, los países en donde existe una fuerte circulación local del virus; es decir, en donde el contagio se da dentro de la propia sociedad y no por un viajero que haya llegado enfermo. El decreto prevé que el Gobierno puede modificar la lista, agregando o quitando países.

Viajeros que lleguen de las Zonas afectadas

Aquellos argentinos que lleguen desde el exterior están obligados a realizar un aislamiento de 14 días, al igual que aquellos que hayan llegado en los 14 días anteriores de la firma de la medida. Esto incluye aislamiento total, no solo de sus lugares de trabajo.

Suspensión los vuelos

La prohibición de la llegada de vuelos desde las zonas afectadas entra en vigencia operativamente el próximo martes 17 de marzo. Hasta el momento, la circulación aérea seguirá como estaba prevista. Antes de este DNU ya se habían cancelado vuelos hacia Miami, Orlando, Italia y España durante el mes de marzo.

Turistas argentinos en el exterior

Según especificaron fuentes del Ministerio de Transporte a El Destape, “todos los vuelos internacionales podrán operar hasta el lunes para llevar o traer residentes a su país de origen”, mientras que “a partir del martes, solo Aerolíneas Argentinas podrá operar para repatriar residentes”.

Tiempo de las medidas

Inicialmente, la suspensión de vuelos y obligación penal de una cuarentena dura 30 días, pero el Gobierno Argentino podrá extender o achicar el plazo, según evolucione el desarrollo de la enfermedad en el territorio argentino.

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